E.C.H.A. – AUTORIZACION Y USO DEL OZONO COMO BIOCIDA EN EUROPA Y RESTO DE PAISES
El Reglamento Europeo sobre Biocidas (UE) 528/2012 (BPR) entró en vigor el 1 de septiembre de 2013 y deroga la Directiva sobre Biocidas (Directiva 98/8/CE) a partir de esta fecha. A partir del 1 de septiembre de 2013, el ozono está regulado como una «sustancia activa» bajo el BPR.
En virtud del BPR, cualquier persona que desee comercializar un generador de ozono para una aplicación Biocida dentro de la UE debe tener su producto autorizado de acuerdo con el BPR. En la actualidad, este proceso requiere en primer lugar que se presente un expediente de «sustancia activa» con respecto al ozono antes de septiembre de 2016 y, posteriormente, una solicitud específica para cada producto que se comercializa en la UE que se presentará antes de septiembre de 2017.
APROBACIÓN DEL OZONO COMO SUSTANCIA ACTIVA (Biocida) EN EL BPR
Las sustancias activas, pues (y, por tanto, también el ozono), deben ser aprobadas e incluidas en la Lista de la UE de sustancias activas aprobadas de la ECHA.
Para aparecer en esta lista, se define un procedimiento en el anexo del RPB. Como primer paso, se debe crear un expediente de la sustancia activa, que contenga toda la información definida en el RPB en cuanto a eficacia y toxicidad, y que se somete a la validación de la Autoridad competente; en el caso del ozono, dicha evaluación se está finalizando actualmente, por tanto, aún NO existe ninguna legislación competente en Europa.
Esto quiere decir que para incluir una sustancia en la ECHA para su evaluación, se exige una batería de pruebas que demuestren la eficacia Biocida del producto en cuestión, así como las condiciones para su uso seguro, realizadas según unos estándares reflejados en normas específicas muy exigentes. El hecho de que se acepte para su evaluación dicho expediente, implica que las pruebas están realizadas y demuestran la eficacia requerida.
REACH
REACH es un reglamento de la Unión Europea que se adoptó con el fin de mejorar la protección de la salud humana y el medio ambiente frente a los riesgos derivados de las sustancias y mezclas químicas, y potenciar al mismo tiempo la competitividad de la industria química de la UE. También promueve métodos alternativos para la evaluación del peligro de las sustancias, a fin de reducir el número de ensayos con animales.
En principio, REACH se aplica a todas las sustancias químicas, no solo a las utilizadas en procesos industriales, sino también en la vida cotidiana, por ejemplo, en productos de limpieza, pinturas y artículos como ropa, mobiliario y aparatos eléctricos. Por eso, el reglamento afecta a la mayoría de las empresas de la UE.
REACH impone la carga de la prueba a las empresas. Para cumplir el reglamento, las empresas deben identificar y gestionar los riesgos asociados a las sustancias que fabrican y comercializan en la UE. Deben demostrar a la ECHA cómo se puede utilizar la sustancia de forma segura y deben comunicar a los usuarios las medidas de gestión de riesgos.
INTEROZONO – REACH
Interozono fabrica y comercializa en Europa los Generadores de Ozono, bajo la Marca Registrada “Interozono “. Con más de 35 años fabricando y comercializando nuestros Generadores de Ozono para AIRE y AGUAS, podemos afirmar que somos una Empresa consolidada y acreditada en España, Europa y exportación a otros Países. Actualmente, y en espera de las resoluciones por acreditación de Dossier BPR en REACH – EUROPA, Interozono dispone de las Homologaciones vigentes y validas desde España hacia Europa y resto de Países. Consulte nuestra website, sección “Homologaciones “. Donde podrá comprobar nuestros Certificados, Dossieres y otras informaciones de su interés. (www.interozono.com).